viernes, 12 de octubre de 2007

CAPITULO I Adopción del Manual de Convivencia

CAPITULO I
Adopción del Manual de Convivencia

SANTA MARTA DISTRITO TURISTICO HISTORICO Y CULTURAL
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL “FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
Aprobado según resolución No. 884 de noviembre 28 del 2002
NIT 819001253-2- DANE 14700100457

RESOLUCIÓN No. _____________ DE _______________________


Numeral 1°- Por la cual se adopta el Manual de Convivencia de los estudiantes de la Institucion Educativa Distrital Francisco de Paula Santander de la ciudad de Santa Marta.
El Rector de la Institucion Educativa Distrital Francisco de Paula Santander en representacion del consejo directiva y de la comunidad educativa en general, en ejercicio de sus facultades legales.

CONSIDERANDO

A.- Que es obligación de toda institución educativa, elaborar un MANUAL DE CONVIVENCIA, como instrumento y medio de formación, que se ajuste a la nueva Constitución política de Colombia, a la Ley 115 de 1994 que regula la educación en nuestro país y a las normas establecidas en el Código del Menor.

B.- Que el Manual de Convivencia se debe elaborar con la participación activa y responsable de todos los estamentos institucionales.

C.- Que es necesario adoptar las normas y procedimientos que regulen las relaciones de los alumnos con los Docentes, Directivos Docentes y demás integrantes de la familia Santanderista, de tal manera que permitan crear un ambiente de orden, respeto, cooperación, Democracia, Responsabilidad, Justicia Social y Disciplina en la Institución.

D.- Que el Manual de Convivencia ayuda al logro de las metas y objetivos educativos propuestos y permite orientar la formación de los alumnos, hacia un desarrollo integral como persona y de acuerdo con los principios consagrados en la Constitución Nacional.

E.- Que el presente Manual debe guardar estrecha relación y coherencia con la filosofía y objetivos del Plantel, consignados en lel Proyecto educativo institucional (P.E.I.)

RESUELVE

ARTICULO 1: Adoptar el presente MANUAL DE CONVIVENCIA como documento formativo y normativo de los alumnos de la institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander.

ARTICULO 2: El presente Manual de Convivencia será evaluado y modificado periódicamente, previa aprobación del Consejo Directivo y de acuerdo con las normas legales que se produzcan en el transcurso de su vigencia.

ARTÍCULO 3: Este Manual de Convivencia regirá a partir de la fecha de su Promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Dado en Santa Marta a los __ días del Mes de__________ de dos mil _______ (2.00__).



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Lic. JUAN CARLOS VEGA POSADA
RECTOR